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Club de servicio

Reglamento de Rotary San Miguel

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REGLAMENTO DEL CLUB ROTARIO
“SAN MIGUEL DE ORURO”



ARTICULO I

DIRECTORES Y FUNCIONARIOS

Sección 1. -  En la reunión ordinaria, un mes antes de la reunión en la que se elegirán los funcionarios, el funcionario que presida la reunión pedirá a los socios que propongan candidatos para presidente, vicepresidente,
secretario, tesorero y directores. Las propuestas podrán ser presentadas por un comité de propuestas o por los socios mismos del club  en el recinto de la reunión o por ambos, según lo determine el club, si se decide nombrar un comité de propuestas, esto se hará de acuerdo con lo que determine el club. Hechas las propuestas en debida forma se anotarán en una papeleta  por orden alfabético bajo cada cargo y serán sometidas a votación en la reunión anual. Los candidatos para presidente, vicepresidente, secretario y tesorero que obtengan la mayoría de los votos, serán declarados electos para los respectivos cargos. Los candidatos para directores que obtengan la mayoría de los votos, serán elegidos como tales. El presidente elegido en esa votación servirá como miembro de la directiva en carácter de presidente electo durante el año que principia el primer día de Julio siguiente a su elección como presidente y asumirá el cargo de presidente el primer día de julio inmediatamente siguiente a us año de servicio en la directiva como presidente electo.
Sección 2.- Los funcionarios y los directores elegidos de este modo, junto con ex presidente inmediato, constituirán la junta directiva. En el curso de la semana siguiente al día de su elección la junta directiva electa se reunirá y elegirá a uno de los socios del club para el cargo de macero.
Sección 3.- Las vacantes que se produzcan en la junta directiva o en cualquier otro cargo, serán cubiertas por acuerdo por acuerdo de los demás miembros de la directiva.
Sección 4.- una vacante en el cargo de cualquier funcionario electo o director electo será llenada por decisión de los otros miembros de la junta directiva electa.

ARTICULO II

JUNTA DIRECTIVA

El cuerpo administrativo de este club será  la junta directiva, integrada por socios de este club, a  saber: Directores elegidos de acuerdo con el Artículo I, sección 1 de este reglamento, el presidente, el vicepresidente, el presidente electo, el secretario, el tesorero y el ex presidente inmediato.

ARTICULO III

DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS

Sección 1.-  Presidente. Este funcionario presidirá las reuniones del club y de la directiva y despeñará las demás obligaciones inherentes a su cargo.
Sección 2.- Presidente electo. Este funcionario será miembro de la junta directiva del club y desempeñará las funciones que le asigne el presidente o la directiva.
Sección 3.- Vicepresidente. Este funcionario presidirá las reuniones del club y de la directiva en ausencia del presidente y desempeñará las demás obligaciones inherentes a su cargo.
Sección 4.- Secretario. Serán deberes del secretario: llevar al día el registro de socios y de asistencia a las reuniones; enviar convocatorias para las reuniones del club, de la directiva y de los comités; levantar y conservar las actas de tales reuniones; remitir o Rotary International los informes necesarios, incluyendo el semestral de socios que se remitirá al secretario general del Rotary International el 1 de enero y el 1 de julio de cada año y el de cuotas prorrateadas por cada socio activo, veterano activo y de servicio anterior admitido al club en el transcurso de los periodos semestrales que comienzan en julio y enero, que se remitirá al secretario general el 1 de octubre y el 1 de abril de cada año; remitir al secretario general de Rotary International la relación de los cambios en la lista de socios; preparar los informes mensuales de asistencia en las reuniones del club que se remitirán al gobernador de distrito, inmediatamente después de la última reunión del mes; cobrar y remitir a Rotary International las suscripciones a THE ROTARIAN, y desempeñar las demás obligaciones inherentes a su cargo.
Sección 5.-  Tesorero. El tesorero deberá custodiar todos los fondos y rendir cuenta de ellos al club anualmente y en cualquier otra ocasión que lo exija la directiva y desempeñará las demás obligaciones inherentes a su cargo. Al dejar el cargo entregará al tesorero entrante o al presidente todos los fondos, libros de cuentas y demás bienes del club.
Sección 6.-  Macero. Los deberes del macero serán los que generalmente se prescriben para este cargo y cualquier otro que el presidente o la junta directiva le asignara.

ARTICULO IV

REUNIONES

Sección 1.- Reunión anual. La reunión anual de este club se celebrará el..............................., de cada año y en ella se efectuará la elección de funcionarios y directores para el ejercicio siguiente.
Sección 2.- El club celebrará sus reuniones ordinarias semanales, los días Jueves a hrs. 20:30 p.m., cualquier cambio o cancelación de una reunión ordinaria se notificará en la forma debida a todos los socios del club. Todos excepto los honorarios ( o los que de conformidad con lo dispuesto en la Sección 3 del Artículo VII de los Estatutos prescritos a los Clubes Rotarios, hubieran sido eximidos de cumplir con los requisitos de asistencia), que estuvieran al día en el cumplimiento de sus obligaciones, deberán ser contados como “ presentes” o “ausentes” en la reunión semanal ordinaria del club, requiriéndose, para que un socio pueda se considerado”presente” que aisita a la reunión ordinaria de su propio club o de cualquier otro club, rotario y permanezca en la misma durante, por lo menos , el sesenta por ciento de su duración.
Sección 3.- una tercera parte del total de los socios constituirá quórum  en la reunión anual y en las reuniones ordinarias de este club.
Sección 4.- las sesiones ordinarias de la directiva se celebrarán ..................................,de cada mes, las sesiones extraordinarias de la directiva serán convocadas por el presidente, cuando se juzgue necesario o a solicitud de dos de sus miembros, dando en cada caso el debido aviso.
Sección 5.-  La mayoría de los miembros de la directiva constituirá quórum.

ARTICULO V

CUOTAS DE INGRESO Y ORDINARIAS

Sección 1.- Las cuotas de ingreso será de $us 120.00, (ciento veinte 00/100 dólares americanos), pagadera antes del ingreso formal dl nuevo socio.
Sección 2.- La cuota anual de cada socio será de 120.00 (ciento veinte 00/100 dólares americanos), pagadera por semestre, los días 1 de julio y 1 de enero, quedando entendido que de cada pago semestral se destinarán seis dólares (6.00 00/100 dólares americanos) al pago de la suscripción de cada socio a la revista THE ROTARIAN.

ARTICULO VI

VOTACIONES

Los asuntos de este club se resolverán por votación verbal, exceptuando la elección para los cargos de la directiva, que se hará por papeleta.

ARTICULO VII

COMITÉS

Sección 1.-

a).- Sujeto a la aprobación de la junta directiva, el presidente nombrará los siguientes comités permanentes:
Servicio en el Club.
Servicio a través de la Ocupación
Servicio en la Comunidad
Servicio Internacional
b).- Sujeto a la aprobación de la directiva el presidente nombrará también los comités que se considere necesario para atender determinadas fases del Servicio en el club, el Servicio a través de la Ocupación, el Servicio en la Comunidad y el Servicio Internacional.
c).- El Comité de Servicio en el club, el de Servicio a través de la Ocupación, el de Servicio en la Comunidad y el de Servicio Internacional se compondrán de un presidente que será nombrado de entre los miembros de la directiva por el presidente de club, y de, por lo menos, dos miembros más.
d).- El presidente será miembro ex officio de todos los comités y como tal, gozará de los mismos privilegios que los demás miembros.
e).- Cada comité atenderá los asuntos que para cada uno de ellos dispone el reglamento y aquellos otros asuntos que el presidente o la directiva pongan a su cargo. Ningún comité podrá tomar decisiones sin antes presentar un informe a la directiva y obtener su aprobación. Con excepción de los casos en que ésta le conceda autorización especial para hacerlo.
f).- el presidente podrá nombrar un o más comités para encargarse de distintos aspectos de las actividades pro juventud. Estos comités funcionarán, según las obligaciones que tengan a su cargo, bajo la supervisión del Comité de Servicio a través de la ocupación, o del Comité de Servicio en la Comunidad, o del Comité de Servicio <internacional, o bajo la supervisión de todos ellos. Al nombrar los mencionados comités, se procurará asegurar la continuidad de la labor que desarrollan, ya sea reeligiendo para un segundo periodo o uno o más de sus miembros o nombrando a uno o más de sus miembros para ejercer un mandato de dos años.
Sección 2.- Comité de Servicio en el Club.
a).- El presidente del Comité de Servicio en el Club tendrá a su cargo todas las actividades que se desarrollan dentro de esta avenida de servicio y vigilará y coordinará la labor de todos los comités que se nombren para encargarse de los distintos aspectos del Servicio en el Club.
b).- El Comité de Servicio en el Club estará compuesto de un presidente y de los presidentes de todos los comités nombrados para encargarse de los distintos aspectos del Servicio en el Club.
c).- sujeto a la aprobación de la directiva, el presidente nombrará los siguientes comités para encargarse de determinados aspectos del _servicio en el Club.
Comité de asistencia
Comité del Boletín del Club
Comité de Actividades de Compañerismo
Comité de la Revista
Comité de Socios
Comité de Aumento del Número de Socios
Comité de Programas
Comité de Relaciones Públicas
El presidente encargará al presidente electo o al vicepresidente la supervisión y coordinación de la labor de los Comités de Clasificaciones, Socios, Aumento del Número de Socios e Información Rotaria.
e).- Al nombrar los Comités del club se procurará, siempre que sea posible, asegurar la continuidad de la labor que desarrollan, ya sea reeligiendo para un segundo periodo a uno o más de sus miembros para ejercer un mandato de dos años.
f).- El Comité de Clasificaciones y el de Información Rotaria constarán, cada uno, de tres miembros y cada año se nombrará un miembro para cada uno de esos comités por un periodo de tres años. Los primeros nombramientos hechos según esta disposición deben ser como sigue: un miembro por un periodo de un año; un miembro por un periodo de dos años; un miembro por un periodo de tres años.
g).- Siempre que sea factible el Comité de la Revista deberá incluir al director de la publicación del club y a un miembro del club que trabaje en un diario local o en una agencia de publicidad.
Sección 3.- Comité de Servicio en la Comunidad.
A9.- El presidente del Comité de Servicio en la Comunidad asumirá la responsabilidad de todas las actividades de Servicio en la Comunidad, debiendo asimismo supervisar y coordinar el trabajo de todos los comités encargados de determinados aspectos del Servicio en la Comunidad.
b).- el comité de Servicio en la Comunidad estará integrado por el presidente del comité del servicio en la comunidad y los presidentes de cada uno de los comités encargados de determinados aspectos del servicio en la Comunidad.
c).- El presidente nombrará, previa aprobación de la directiva, los siguientes comités, encargados de la gestión de determinados aspectos del Servicio en la Comunidad:
                Comité de Desarrollo Humano
                Comité de Desarrollo de la Comunidad
                Comité de Protección del Medio Ambiente
Comité de Colaboración para el Servicio

ARTICULO VIII

DEBERES DE LOS COMITÉS

Sección 1.- Comité de Servicio en el Club. Este comité preparará y pondrá en ejecución un programa que servirá de guía a los socios del club y los ayudará a cumplir con sus obligaciones en asuntos relacionados con el servicio en el Club. El presidente de este comité convocará a los miembros del mismo a reuniones periódicas e informará a la directiva sobre las actividades que se lleven a cabo dentro de esta avenida de servicio.
a).- Comité de Asistencia. Este comité ideará medios para fomentar la asistencia a todas las reuniones de Rotary, incluyendo conferencias de distrito, reuniones Inter. Clubes, conferencias regionales y convenciones internacionales, de todos los socios del club. Este comité fomentará especialmente la asistencia a las reuniones ordinarias del propio club y de otros clubes cuando se esté imposibilitado de asistir a las del propio club, requisitos de asistencia y tratará de descubrir y eliminar los factores que contribuyen a una asistencia insatisfactoria.
b).- Comité de Clasificación. Este comité hará un estudio de las clasificaciones en la comunidad lo antes posible, pero en todo caso no después del 31 de Agosto de cada año. Con los resultados que obtenga de ese estudio, preparará  una lista de clasificaciones ocupadas y vacantes, utilizado la guía de clasificaciones,  revisará cuando sea necesario las clasificaciones existentes representadas en el club, y consultará con la directiva cualquier problema relacionado con las clasificaciones.
c).- Comité del Boletín del Club. Este comité procurará mediante la publicación de un boletín semanal avivar el interés de los socios y contribuir a la educación rotaria de los mismos, mejorar la asistencia y promover el compañerismo. El boletín anunciará el programa de las reuniones siguientes, relatará los aspectos más importantes de la reunión anterior y contendrá noticias sobre los socios, las actividades del club y los programas de Rotary en el ámbito internacional.
d).- Comité de actividades de Compañerismo. Este comité fomentará el conocimiento mutuo y la amistad entre todos los socios, promoviendo la participación de los mismos en actividades recreativas y sociales organizadas por el club y atenderá la labor que el presidente o la junta directiva le encomienden para cumplir con el objetivo general del club.
e).- Comité de la revista. Este comité estimulará el interés por la lectura de THE ROTARIAN; patrocinará la celebración de Mes de la Revista; hará arreglos para realizar mensualmente un breve análisis de la revista durante los programas ordinarios del club; fomentará el empleo de la revista en la admisión de nuevos socios; suministrará un ejemplar de la revista a los ordenadores no rotarios; conseguirá suscripciones especiales para bibliotecas, hospitales, escuelas y salones de lectura; enviará noticias y fotografías de interés al director de la revista y tomará todas las medidas necesarias para lograr que la revista sea una publicación útil tanto para los socios del club como para personas no rotarias.
f).- Comité de Socios. Este comité estudiará todas las propuestas de ingreso al club desde el punto de vista personal é investigará cuidadosamente el carácter, reputación comercial o profesional, posición social y cívica y las cualidades generales con respecto a la elegibilidad de todas las personas propuestas para pertenecer al club, dando a conocer a la junta directiva su decisión acerca de todas las solicitudes.
g).- comité de aumento de número de Socios. Este comité revisará continuamente la lista de clasificaciones ocupadas y vacantes y tomará las medidas necesarias para iniciar y presentar a la directiva una lista de los individuos adecuados para llenar las clasificaciones vacantes.
h).- comité de Programas. Este comité preparará y arreglará los programas para las reuniones ordinarias y especiales del club.
i).- comité de Relaciones Publicas. Este comité ideará y llevará a cabo planes para: (1) proporcionare al público en general información acerca de Rotary  y su historia su objetivo y su alcance; y (2) asegurar que se le dé publicidad adecuada al club en particular.
j).- comité de información Rotaria. Este comité  ideará y llevara a cabo planes para: (1) dar a los socios en perspectiva, información acerca de los privilegios y obligaciones de los socios de un club Rotario; (2) dar a los socios, especialmente a los nuevos , una compenetración adecuada de los privilegios y obligaciones que como tales tienen; (3) proporcionar a los socios información  acerca de Rotary, su historia, su objetivo, su alcance y sus actividades ; y (4) proporcionar a los socios información relacionada con el funcionamiento administrativo de Rotary International.
Sección 2.- comité de Servicio a través de la Ocupación. Este comité ideará y llevará a cabo los planes que orientarán y ayudarán a los socios de este club a cumplir con las obligaciones    que tiene en materia de Servicio a través de la Ocupación y a mejorar las normas generales en sus respectivos gremios. El presidente de este comité será responsable de las actividades correspondientes al Servicio a través de la Ocupación del club y vigilará y coordinará la labor de cualquier otro comité que se nombre para atender determinados aspectos de esta avenida de servicio.
Sección 3.- Comité de Servicio en la Comunidad. Este comité ideará y llevará a cabo los planes que orientarán y ayudarán a los socios de este club a cumplir con las obligaciones que tienen para con su comunidad. El presidente de este comité será responsable de las actividades relacionadas con el Servicio en la Comunidad y vigilará y coordinará la labor de cualquier otro comité que se nombre para atender determinados aspectos de esta avenida de servicio, incluyendo los siguientes:
a).- comité de Desarrollo Humano. Este comité se encargará de promover el bienestar de todos los seres humanos de la comunidad a lo largo de toda su vida, y de proporcionar asistencia y apoyo a los necesitados.
b).- Comité de Desarrollo de la Comunidad. Este comité tendrá como fin hacer de la comunidad un mejor lugar donde vivir, mejorando las condiciones de vida de la comunidad y sus instalaciones.
c).- Comité de protección del Medio Ambiente. Este comité será responsable de la vigilancia y el mejoramiento de las condiciones patrocinadas por Rotary colaborando con ellas en el desarrollo de proyectos y actividades de servicio.
Sección 4.- Comité de Servicio Internacional. Este comité ideará y llevará a cabo los planes que orientarán  y ayudarán a los socios de este club a cumplir con las obligaciones que tienen en materia de Servicio Internacional. El presidente de este comité será responsable de las actividades de Servicio Internacional y vigilará y coordinará la labor de cualquier otro comité que se nombre para atender determinados aspectos de esta avenida de servicio.

ARTICULO IX

AUSENCIAS AUTORIZADAS

La directiva, a solicitud de un socio que por escrito exponga un motivo justificado y suficiente, podrá autorizarlo para que deje de asistir a las reuniones del club durante un tiempo determinado.

ARTICULO X

FINANZAS

Sección 1.-  el tesorero depositará todos los fondos del club en el banco que designe la directiva.
Sección 2.-  todas las cuentas se pagarán únicamente por medio de cheques firmados por el tesorero , mediante la presentación de comprobantes autorizados con la firma de otros dos funcionarios. Un contados titulado u otra persona calificada para ello efectuará una vez por año una revisión pormenorizada de todas las operaciones económicas del club.
Sección 3.-  La directiva para garantizar la custodia de los fondos del club, podrá exigir fianza a loas funcionarios que tengan bajo su administración dichos fondos, correspondiendo al club el pago de los costos de tal fianza.
Sección 4.- El año fiscal de este club será del 1 de julio a 30 de Junio siguiente y para lo relativo al cobro de las cuotas de los socios, se dividirá en dos períodos semestrales: del 1 de Julio al 31 de Diciembre y del 1 de enero al 30 de junio. El pago a Rotary international de las cuotas per cápita y de las suscripciones a la revista debe hacerse el 1 de julio y el 1 de enero de cada año tomando como base el número de socios que tenga el club en dicha fecha.
Sección 5.- Al comenzar el año rotario, la junta directiva preparará o hará preparar un presupuesto de ingresos y gastos para ese mismo período, el cual una vez aprobado por ella , marcará el límite de los gastos aplicables a las respectivas partidas, salvo acuerdo en contrario de la misma junta.

ARTICULO XI

PROCEDIMIENTO PARA ELECCIÓN DE SOCIOS (TODAS LA CLASES DE SOCIOS)

Sección 1.- El nombre de un socio en perspectiva, propuesto por un socio activo, veterano activo o de servicio anterior del club, se remitirá por escrito a la directiva, por intermedio del secretario del club. Entre tanto, la propuesta será confidencial, con excepción de lo dispuesto en este artículo.

Sección 2.- La directiva verificará que la citada propuesta cumpla con todos los requisitos establecidos en los estatutos del club en cuanto a la clasificaciones y socios.

Sección 3.-  La directiva aprobará o desaprobará la propuesta dentro de los treinta (30) días posteriores a su recepción  y notificará su decisión al proponente, por intermedio del secretario del club.

Sección 4.- Si la decisión de la directiva es favorable, el socio en perspectiva será informado acerca de los propósitos de Rotary y de los privilegios y responsabilidades que conlleva el ser socio ( incluyendo la clase de socio propuesta), después de lo cual se le pedirá que irme el formulario de propuesta de socio y de su permiso para anunciar al club su nombre y de tratarse de un socio activo, la clasificación que para él o ella se propone.
Sección 5.-  Si la directiva no recibe por escrito ninguna objeción a la propuesta, sustentándola con razones, de ningún socio (excluyendo a los honorarios) del club, dentro de los siete días siguientes a la difusión de la información sobre el socio en perspectiva, éste , inmediatamente después de pagar su cuota de ingreso como se dispone en este reglamento (excepto para las personas propuestas como socias honorarias), se considerará elegido como socio.
Si se ha hecho a la directiva alguna objeción, la directiva votará sobre este asunto en su próxima reunión. Si a pesar de dicha objeción, la directiva aprueba el ingreso del socio propuesto, éste, inmediatamente después de pagar la cuota de ingreso establecida (excepto par las personas propuestas como socias honorarias), se considerará elegido como socio.
Sección 6.-  Después de la elección, el presidente del club hará los arreglos del caso para instalación del nuevo socio y su posterior orientación y el secretario del mismo le hará entrega de una tarjeta de identificación como socio, remitiendo la información pertinente a Rotary International.

ARTICULO XII

RESOLUCIONES

Ninguna resolución o moción que obligue a este club en cualquier sentido, será considerada por el club sin haber sido antes sometida a la consideración de la directiva. Tales resoluciones o mociones, se presenten durante una reunión del club, serán pasadas a la directiva, sin discutirlas.

ARTICULO XIII

ORDEN DEL DIA

APERTURA DE LA REUNIÓN
PRESENTACIÓN DE ROTARIOS VISITANTES
LECTURA DE CORRESPONDENCIA Y AVISOS
INFORMES DE LOS COMITÉS, DE HABERLOS
CUALQUIER ASUNTO PENDIENTE
CUALQUIER ASUNTO NUEVO
DISCURSO U OTRO ASPECTO DEL PROGRAMA
CLAUSURA DE LA REUNIÓN

ARTICULO XIV

ENMIENDAS

Este reglamento podrá ser enmendado en cualquier reunión ordinaria en la que haya quórum, por el voto de las dos terceras partes de los socios presentes, siempre que los proyectos de enmienda se hayan enviado por correo a todos los socios por lo menos con diez (10) días de anticipación. Es condición indispensable que tales enmiendas estén en armonía con los estatutos prescritos a los clubes rotarios y con los estatutos y Reglamento de Rotary International







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